Tramitación de herencias · Valencia

Tramitar una herencia en Valencia: pasos, plazos y costes

Reunir certificados, aceptar, repartir y liquidar impuestos en plazo. Nos encargamos de todo el proceso, con presupuesto cerrado.

Atención personal de la abogada · Primera consulta gratuita

Tramitar una herencia en Valencia requiere reunir tres certificados iniciales (defunción, últimas voluntades y seguros de vida), localizar el testamento o declarar herederos ante notario, inventariar bienes y deudas, firmar la escritura de aceptación y reparto, y liquidar los impuestos en un plazo de 6 meses desde el fallecimiento. Con testamento y acuerdo entre herederos, el proceso completo suele resolverse en 2 o 3 meses. Somos un despacho especializado en sucesiones en Valencia y nos encargamos de todo el proceso con presupuesto cerrado.

Base legal: artículos 657 a 1087 del Código Civil (sucesiones, aceptación y partición); artículos 55 y 56 de la Ley del Notariado (declaración de herederos); Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y artículo 67 de su Reglamento (RD 1629/1991: plazo de 6 meses y prórroga); artículo 12 bis de la Ley 13/1997 de la Generalitat Valenciana, según las redacciones de la Ley 6/2023 y la Ley 5/2025 (bonificaciones autonómicas).

Los pasos para tramitar una herencia, uno a uno

1. Los tres certificados que lo inician todo

A partir de los 15 días hábiles del fallecimiento se pueden solicitar el certificado de defunción (Registro Civil), el certificado de últimas voluntades (dice si hay testamento y ante qué notario) y el certificado de seguros de vida. Son baratos y rápidos, pero sin ellos nada avanza. Los solicitamos por ti.

2. Con testamento o sin testamento

  • Si hay testamento: se pide copia autorizada al notario que lo custodia. Es la vía rápida.
  • Si no hay testamento: se tramita un acta de declaración de herederos abintestato ante notario, con dos testigos. El notario debe esperar un plazo legal antes de cerrar el acta, así que este paso añade en la práctica alrededor de un mes. La ley determina quién hereda: descendientes, ascendientes, cónyuge y, en su defecto, hermanos y sobrinos. Más detalle sobre la declaración de herederos.

3. Inventario: qué hay realmente en la herencia

Bienes inmuebles, cuentas, vehículos, participaciones… y también deudas. Este es el momento de decidir con datos si conviene aceptar, aceptar a beneficio de inventario o renunciar.

4. Si el fallecido estaba casado en gananciales: liquidar antes de repartir

Este paso se olvida a menudo y lo condiciona todo. Si el matrimonio estaba en régimen de gananciales (el habitual, salvo capitulaciones), el patrimonio común no es todo herencia: primero se liquida la sociedad de gananciales, se inventaría lo común, se pagan sus deudas y se adjudica la mitad al cónyuge viudo como propia (no la hereda: ya era suya). Solo la otra mitad, más los bienes privativos del fallecido, forma el caudal hereditario. Hacerlo bien tiene doble premio: jurídico (reparto correcto) y fiscal (la mitad del viudo no pasa por el Impuesto de Sucesiones). La liquidación se documenta habitualmente en la misma escritura de herencia.

5. Cuaderno particional y escritura de aceptación

El cuaderno particional recoge herederos, inventario y reparto. Con acuerdo entre todos, se firma ante notario la escritura de aceptación y adjudicación. Aquí es donde un reparto mal planteado genera los conflictos (y los impuestos) de después: es la fase donde más valor aporta el asesoramiento.

6. Impuestos: Sucesiones y plusvalía municipal

  • Impuesto de Sucesiones (modelo 650): se presenta ante la Agència Tributària Valenciana en 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables otros 6 si se solicita dentro de los 5 primeros meses (con intereses).
  • Plusvalía municipal (IIVTNU): solo si se heredan inmuebles urbanos; mismo plazo de 6 meses prorrogable.

7. Registro de la Propiedad

Si hay inmuebles, la escritura se inscribe en el Registro. No siempre es obligatorio, pero sin inscripción no podrás vender ni hipotecar en el futuro. Es el cierre limpio del expediente.

Entrega de las llaves de una vivienda tras la adjudicación de la herencia

Plazos reales: cuánto se tarda en tramitar una herencia en Valencia

EscenarioDuración orientativa
Testamento + acuerdo entre herederos2–3 meses
Sin testamento (declaración de herederos)3–4 meses
Desacuerdo entre herederosVariable: de meses (negociación) a más de un año (vía judicial)

El plazo que manda siempre es el fiscal: 6 meses para el modelo 650. Aunque el reparto se retrase, el impuesto puede y debe presentarse a tiempo para evitar recargos. Es un error frecuente, y caro, esperar al acuerdo para ocuparse de Hacienda.

Fiscalidad 2026 en la Comunidad Valenciana: bonificaciones y riesgos prácticos

La Comunidad Valenciana es hoy uno de los territorios más favorables de España para heredar, pero las reglas han cambiado dos veces en tres años y mucha información publicada está desactualizada:

  • Cónyuge, hijos, padres, nietos y abuelos (Grupos I y II): bonificación del 99% de la cuota (Ley 6/2023), más una reducción por parentesco de 100.000 € y una reducción del 95% por vivienda habitual del causante con límite de 150.000 € y un requisito de permanencia de 5 años. En la herencia familiar típica, el impuesto queda casi a cero, pero hay que presentar el modelo 650 igualmente para aplicar la bonificación.
  • Hermanos, tíos y sobrinos (Grupo III), novedad: la Ley 5/2025, de 30 de mayo, introduce por primera vez una bonificación autonómica para este grupo: 25% para fallecimientos desde el 1 de junio de 2026 y 50% desde el 1 de junio de 2027. La fecha del fallecimiento, no la de presentación, determina la bonificación aplicable.
  • Requisito de residencia: tributa en la Comunidad Valenciana la herencia del fallecido que tuvo aquí su residencia habitual conforme a la normativa de cesión de tributos (cómputo de los 5 años anteriores).

En la práctica: si has heredado de un hermano o un tío fallecido después del 1 de junio de 2026, tu factura fiscal es un 25% menor que la de quien heredó unas semanas antes. Y si el fallecimiento fue anterior pero aún no has liquidado, conviene revisar el caso con cuidado antes de presentar nada: aplicar mal las bonificaciones, en un sentido o en otro, sale caro. Cómo tributa una herencia en la Comunidad Valenciana.

Cuánto cuesta tramitar una herencia

Los costes se reparten entre varios conceptos, y conviene distinguirlos:

  • Notaría: aranceles regulados que dependen del valor y complejidad de la escritura.
  • Registro de la Propiedad: por cada inmueble inscrito.
  • Impuestos: Sucesiones (muy bonificado según parentesco, ver arriba) y plusvalía municipal si hay inmuebles urbanos.
  • Certificados y tasas: importe menor, decenas de euros en total.
  • Honorarios del despacho: presupuesto cerrado comunicado antes de empezar, en función del alcance real del encargo. Sin porcentajes sobre la herencia ni sorpresas a mitad de camino.

Desconfía de cifras universales: una herencia de una vivienda con dos hermanos de acuerdo no cuesta lo mismo que una con cinco inmuebles, deudas y un heredero en el extranjero. Lo honesto es presupuestar tras ver el caso, y eso es exactamente lo que hacemos en la primera consulta.

¿Necesitas abogado para tramitar una herencia?

Legalmente, no siempre. En la práctica, hay cuatro señales de que sí:

  1. Hay inmuebles (el reparto y su fiscalidad admiten muchas configuraciones, y no todas cuestan lo mismo).
  2. Hay varios herederos, aunque de momento haya buena relación.
  3. Hay deudas o no sabes exactamente qué hay.
  4. Hay cualquier desacuerdo, presente o previsible. Cómo desbloquear una herencia parada.

Si tu caso es genuinamente simple, te lo diremos en la primera consulta y saldrás con un guion para hacerlo tú. Si no lo es, sabrás exactamente qué haríamos nosotros, en cuánto tiempo y por cuánto.


Contenido revisado por María Fayos Gómez, abogada colegiada ICAV 20010, responsable del área de sucesiones. Última actualización: julio de 2026. Normativa de referencia: Ley 29/1987 del ISD, Ley 13/1997 de la Generalitat, Ley 6/2023 y Ley 5/2025 de la Generalitat Valenciana.

Dudas habituales

Preguntas frecuentes

¿Qué documentos necesito para empezar a tramitar una herencia?

Certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y certificado de seguros de vida. Con ellos se localiza el testamento (o se inicia la declaración de herederos) y arranca todo lo demás. El DNI del fallecido y de los herederos, las escrituras de los inmuebles y los extractos bancarios completan el expediente.

¿Puedo tramitar una herencia si un heredero no colabora?

Sí. La ley ofrece mecanismos para que un heredero pasivo o bloqueante no paralice indefinidamente el reparto, desde el requerimiento notarial para que acepte o renuncie (interpellatio in iure) hasta la división judicial de la herencia.

¿Qué pasa si no liquido el Impuesto de Sucesiones en 6 meses?

No pierdes la herencia, pero Hacienda aplica recargos por presentación extemporánea e intereses de demora, crecientes con el retraso. Además, sin justificar la liquidación no podrás inscribir los inmuebles ni disponer de las cuentas del fallecido.

¿Se puede vender un piso heredado antes de terminar la tramitación?

Para venderlo con plena normalidad, primero hay que aceptar la herencia, liquidar los impuestos e inscribir el inmueble a nombre de los herederos. Pero no es un no absoluto: caben alternativas como vender los derechos hereditarios antes de la partición, o encadenar en una misma fecha la adjudicación y la venta. Requieren diseño; si el objetivo es vender, conviene planificar la tramitación, también fiscalmente, pensando en esa venta desde el principio.

¿Cuánto cobra un abogado por tramitar una herencia en Valencia?

Depende del alcance: no es lo mismo una tramitación completa con inmuebles que una revisión fiscal puntual. Trabajamos con presupuesto cerrado aceptado por escrito antes de empezar, y la primera consulta sirve para dártelo con el caso ya visto.

¿La bonificación del 99% se aplica automáticamente?

No. Hay que presentar el modelo 650 en plazo y aplicar correctamente reducciones y bonificación. Un error formal puede costar la ventaja fiscal, y una autoliquidación mal planteada, una comprobación de Hacienda.

Empecemos por ordenar tu caso

Tráenos lo que tengas, aunque solo sea el certificado de defunción y muchas dudas. En una primera consulta te devolvemos un mapa claro: qué hay, qué plazos corren, qué costará y por dónde empezar.